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INE actualiza reglas sobre menores, IA y deepfakes en propaganda electoral

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Staff
6 oct
2 min de lectura

El Diario Oficial de la Federación publicó las modificaciones a los lineamientos del Instituto Nacional Electoral para proteger a niñas, niños y adolescentes en propaganda político-electoral. El acuerdo no fue aprobado hoy: el Consejo General del INE lo avaló por unanimidad el pasado 3 de septiembre y su publicación oficial activa ahora el plazo para su entrada en vigor. De acuerdo con el propio documento, las nuevas disposiciones comenzarán a aplicarse el miércoles 7 de octubre, junto con los cambios al manual de consentimiento informado y las guías para recabar la opinión de personas menores de edad.


La actualización amplía las reglas frente al uso de tecnologías digitales e inteligencia artificial en propaganda, mensajes electorales, actos políticos, precampañas y campañas difundidos por cualquier medio, incluidas redes sociales y plataformas digitales. Cuando una niña, niño o adolescente real pueda ser identificado en una imagen, voz o representación creada, editada o manipulada con IA, seguirán siendo exigibles las medidas de protección existentes: consentimiento de quienes ejerzan la patria potestad o tutela y, para personas de entre seis y menos de 18 años, una explicación comprensible y la obtención de su opinión informada. También deberá informárseles si su imagen o voz será alterada, qué tipo de transformación se realizará y cuáles son los riesgos de desinformación o uso indebido.


Las nuevas reglas incorporan conceptos como deepfake, manipulación digital, simulación digital y etiqueta de transparencia. Los responsables de producir contenidos deberán documentar el uso de herramientas tecnológicas y conservar elementos que permitan acreditar el origen y proceso de elaboración del material. Cuando la IA intervenga en contenidos audiovisuales deberá advertirse mediante mecanismos de transparencia y, si se trata únicamente de audio, el aviso tendrá que ser audible. Además, queda prohibida la simulación digital que haga parecer que una persona menor de edad identificable participó o estuvo presente en un acto político-electoral en el que realmente no intervino. El INE aclara que estas obligaciones no constituyen una autorización previa para utilizar IA ni una validación técnica de las herramientas empleadas.


La modificación deriva de una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación de septiembre de 2024, que ordenó al INE establecer mecanismos para verificar contenidos de propaganda en los que aparecieran imágenes de niñas, niños o adolescentes generadas, editadas o modificadas mediante inteligencia artificial. Con la publicación en el DOF, ese marco actualizado estará vigente para la comunicación político-electoral que se difunda durante el proceso 2026-2027. Para partidos, candidaturas, autoridades electorales y otras personas vinculadas a la producción de propaganda, el cambio implica que utilizar IA no elimina las obligaciones de consentimiento, protección de datos, transparencia y resguardo de la identidad de menores cuando puedan ser reconocidos o vinculados con una persona real.


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